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EDU.MX |
a) Instituciones de Educación que cuenten con un registro ante
al SEP o se encuentren incorporadas a alguna Universidad reconocida por el
Estado Mexicano;
b) Escuelas de Capacitación Laboral o Educación técnica
acreditadas por alguna Oficina competente del Gobierno Mexicano;
c) Instituciones dedicadas a la Educación preescolar que cuenten
con un registro ante al SEP o se encuentren incorporadas a alguna Universidad
reconocida por el Estado Mexicano;
d) Instituciones dedicadas a la investigación que cuenten con el
registro ante el CONACYT.
NOTA: Cualquier otra organización no incluida en la presente
columna no podrá ser registrada bajo ésta categoría. |
I. El solicitante deberá cumplir con los requisitos dispuestos
en el punto III.a.
II. Enviar copia del Registro ante la SEP o copia del periódico
o diario oficial que lo acredite de acuerdo al caso especifico; o en su caso,
copia del registro ante el CONACYT.
III. Enviar una carta membreteada de la institución que la
solicita, la cual será la única autorizada para utilizar el nombre de
dominio.
IV. Copia de una identificación oficial del representante legal
que firme la carta.
Posteriormente, en un plazo menor a 10 días, NIC México deberá
recibir los documentos originales vía correo postal.
NOTA: La entidad que registre el nombre de dominio será la única
autorizada para realizar modificaciones en el mismo.
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